10 cosas a tener en cuenta antes de lanzarte a opositar
14/03/2023
10 cosas a tener en cuenta antes de lanzarte a opositar
Puede que lleves tiempo en paro, o puede que quieras mejorar tus condiciones de trabajo y gozar de estabilidad… El caso es que te has decidido a opositar, Ā”pero no tienes ni idea de por dónde empezar! Si este es tu caso, puedes comenzar por este post donde te contamos las principales 10 cosas a tener en cuenta antes de lanzarte a opositar.
Quiero opositar, ¿por dónde empiezo?
Si quieres opositar, lo mĆ”s seguro es que hayas abierto Google en el ordenador y hayas hecho tus primeras bĆŗsquedas. Seguramente te habrĆ”s sentido perdido/a ante las mĆŗltiples opciones, ofertantes, plazos, tipos de examen⦠Y habrĆ”s comprendido que el mundo de las Oposiciones es mĆ”s complejo de lo que parecĆa. Sientes que debes tomar decisiones importantes en un mar de información, decisiones que influirĆ”n en tu Ć©xito.
¿Cómo acertar? Antes de elegir una oposición es importante informarte y conocer sus trÔmites para evitar problemas futuros. Lo primero que tienes que conocer es que una cosa es la oferta de empleo público y otra la convocatoria.
- Oferta de empleo público: Es el anuncio por parte de la administración del número de plazas que necesitarÔ cubrir en el futuro.
- Convocatoria: Indica la apertura del plazo para inscribirse en una oposición y refleja toda la información necesaria del proceso selectivo.
Aunque parece sencillo es importante tener esto en cuenta, ya que nos puede confundir. Ten en cuenta que las administraciones disponen de un plazo de tres aƱos entre la oferta de empleo y la convocatoria para convocar las plazas ofertadas.
1. Convocantes de Oposiciones
Las Oposiciones son convocadas por las administraciones públicas, que en España son de tres tipos:
- La Administración General del Estado.
- Las administraciones autonómicas.
- LasĀ administraciones localesĀ (ayuntamientos, mancomunidades, diputaciones provinciales, etc).
No obstante, tambiƩn convocan oposiciones la UE y los organismos internacionales.
2. Fechas de publicación
La OEP de la Administración General se aprueba a lo largo del primer trimestre de cadaĀ aƱo. El calendario de las administraciones autonómicas- que publican sus ofertas de administración, sanidad, educación etc. – es mĆ”s flexible. TambiĆ©nĀ los ministerios con potestad para gestionar su personal publican sus ofertas (por ejemplo, el Ministerio de Interior publica las oposiciones a PolicĆa Nacional y Guardia Civil anualmente).
3. Dónde se publican
Las convocatorias de oposiciones se publicanĀ en el BoletĆn Oficial del Estado y en los boletines y diarios oficiales de otros organismos convocantes: gobierno autonómico, diputación provincial, ayuntamiento, universidad, etc. Las convocatorias suelen entrar en vigor el dĆa siguiente al de su publicación en el BOE.
4. Tipos de funcionarios
- Funcionarios de carrera: trabajan para la Administración Pública después de haber conseguido plaza en unas oposiciones.
- Funcionarios interinos: han aprobado unas oposiciones pero no han obtenido plaza fija sino una temporal.
- Personal laboral: trabajan para la Administración Pública pero tras la firma de un contrato laboral.
- Personal eventual: no tienen por qué haber superado una oposición y trabajan en régimen no permanente.
5. Cuerpos y escalas de funcionarios
Los funcionarios se agrupan en cuerpos y escalas dependiendo de las funciones que tienen que realizar (cuerpos) y la titulación que necesitan para acceder (escalas):
- Grupo A. Se subdivide en:
- Grupo A1: El tĆtulo de Grado o, en su caso, el de Doctor, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, salvo que se haya establecido por ley otro tĆtulo universitario.
- Grupo A2: TĆtuloĀ deĀ Diplomado Universitario, Ingeniero TĆ©cnico, Arquitecto TĆ©cnico o el tĆtuloĀ deĀ Grado.
- Grupo B: Técnico Superior.
- Grupo C: que se subdivide en:
- C1: Bachillerato, BUP o equivalente.
- C2: Graduado Escolar o equivalente.
- Agrupaciones profesionales: Certificado de Escolaridad.
Te lo contƔbamos tambiƩn en este post.
6. Tipos de procesos selectivos
El personal al servicio de la Administración Pública debe ser seleccionado mediante procedimientos públicos que garantizan el acceso en condiciones de igualdad, mérito y capacidad. Estos son los procedimientos mÔs comunes:
- Oposición libre. Consiste en la realización de una o mÔs pruebas para determinar la capacidad y la aptitud de los aspirantes, fijando su orden en función de la puntuación obtenida. Estas pruebas pueden ser eliminatorias o no.
- Concurso. Tiene por objeto evaluar los méritos de los aspirantes al puesto según la baremación establecida recogida en las bases y según la puntuación obtenida por los aspirantes se obtiene una clasificación que determina su acceso.
- Concurso-oposición. Es un sistema mixto en el que se combinan los dos anteriores. Consiste generalmente en la celebración de una parte de oposición para después todos aquellos aspirantes que la superen se presentan a una fase de concurso en la que se valorarÔn los méritos. La suma de ambas partes determinarÔ el acceso o no a la plaza.
- Bolsa de trabajo.Ā el objeto de la convocatoria es la constitución de un listadoĀ de candidatos que puedan estar disponibles para ser llamados segĆŗn se vayaĀ necesitando incorporar personal en la administración convocante. El procesoĀ puede consistir en la valoración de mĆ©ritos, pruebas selectivas, etcā¦
7. Tipos de exƔmenes
En lo que respecta a los tipos de exĆ”menes, segĆŗn el tipo de Oposición puedes encontrar de tipo test, desarrollo, casos prĆ”cticos, pruebas prĆ”cticas, pruebas fĆsicas, entrevistas personales, psicotĆ©cnicos, reconocimiento mĆ©dico y pruebas de idiomas.
8. Principales eventos en una Oposición
OEP
La oferta de empleo público, que antes comentamos, se publica con carÔcter anual.
Convocatoria
Es el documento mĆ”s relevante al que tendrĆ”s que prestar atención, ya que allĆ se detalla el sistema de selección que se emplearĆ” y las bases que lo regirĆ”n: nĆŗmero y caracterĆsticas de las plazas, requisitos de los aspirantes, pruebas y programa de materias sobre las que versarĆ”, mĆ©ritos evaluables y sistema de baremación, composición del tribunal calificador, etc. Una vez se abre el periodo de instancias tendremos que completar la solicitud y abonar las tasas correspondientes para poder optar al mismo.
Temario
El temario se suele publicar en la convocatoria, pero a veces se hace una publicación antes o después de ésta.
Lista de admitidos provisional y definitiva
Una vez cerrado el plazo seĀ publica un listado provisional de admitidos y se abre un plazo de 10 dĆas paraĀ presentar alegaciones o subsanar errores. Posteriormente se publicarĆ” la lista definitiva de admitidos y excluidos.
Fecha de examen
Lo normal es que se publiquen en los listados definitivos de admitidos y excluidos, pero a veces va en una publicación aparte.
Plantilla
Alrededor de 3 dĆas despuĆ©s del examen se publica la plantilla provisional de respuestas correctas. Puede haber impugnación de la misma porque haya algĆŗn error yĀ que saquen una nueva corregida. Posteriormente se publicarĆ” la plantilla definitiva.
Nota de corte y lista de aprobados
Una vez publicada la plantilla definitiva, se publica la nota de corte y la lista de aprobados.
Nombramientos
Es el último proceso, en el que se publican en el BOE los opositores que han superado la oposición y se les nombra funcionarios.
9. Presentación de la solicitud
A no ser que se especifique lo contrario en la convocatoria, la solicitud deberĆ” presentarse en el plazo de veinte dĆas hĆ”biles a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria respectiva en el BOE.
Por regla general, en las bases publicadas de cada convocatoria, aparecerÔ el lugar exacto donde se ha de presentar la documentación requerida, coincidiendo con la dirección donde se ubica el organismo convocante.
Pero, ĀæquĆ© son dĆas naturales, hĆ”biles e inhĆ”biles?
- DĆas naturalesĀ son todos los dĆas. Cuando seĀ hace referencia a dĆas naturales, se quiere dar a entender que no se diferencia entreĀ unos y otros a efectos legales, teniendo todos la misma condición y contando todosĀ por igual.
- DĆas hĆ”biles/inhĆ”biles: son los dĆas que la ley designa como aptos o no aptos para la realización de determinados actos o para el cómputo de plazos. Para no hacerse un lĆo, es mejor consultarlo en el calendario de dĆas inhĆ”biles de la propia administración.
10. Tasas de examen
Para poder realizar cualquier prueba selectiva, es necesario abonar unas tasas de examen determinadas en cada convocatoria. Actualmente, en la gran mayorĆa de las oposiciones, las tasas se pagan de manera electrónica como Ćŗltimo paso antes de finalizar la solicitud. El precio de dichas tasas variarĆ” segĆŗn la categorĆa y la entidad, abonĆ”ndose tan sólo una vez.
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